
El Decreto de Nueva Planta de los reinos de Aragón y de Valencia
Su promulgación, más que una medida innovadora surgida de las coyunturas de la guerra, es la evolución de proyectos anteriores que habían fracasado, como el del Conde Duque de Olivares, causa de la guerra de 1640.
La abolición de los «fueros, privilegios, prácticas y costumbres hasta aquí observadas en los referidos reinos de Aragón y de Valencia» se justificó en el decreto en base a tres argumentos. El primero, la ruptura del juramento de fidelidad hecho al rey —por la rebelión que cometieron, faltando enteramente al juramento de fidelidad que me hicieron como a su legítimo Rey y Señor—; el segundo, el dominio absoluto del que gozaba el rey en todos los reinos y estados de su Monarquía —y tocándome el dominio absoluto de los referido reinos de Aragón y Valencia... considerando también que uno de los principales atributos de la soberanía es la imposición, y derogación de las leyes, las cuales, con la variedad de los tiempos y mudanzas de costumbres podría yo alterar—. Y el tercero el derecho de conquista que le permitía imponer su ley en los territorios vencidos —del justo derecho de la conquista que de ellos han hecho últimamente mis armas con el motivo de su rebelión—. Según algunos historiadores el primer y el tercer argumentos eran ciertos desde la óptica del bando felipista —no así desde la del bando austracista— pero el segundo era muy discutible "ya que la Corona de Aragón, mediante el pactismo, mantenía cauces distintos de relación con la monarquía que condicionaban sobremanera la soberanía real". De todas formas el decreto de Nueva Planta, como ha destacado Carme Pérez Aparicio, fue "el golpe de gracia para el Reino de Valencia", y también para el de Aragón.
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